¿Qué oponen los demandados a esta consolidada doctrina? En primer lugar, aportan las supuestas expresiones de un bloguero, que no guardan relación alguna ni con el objeto del proceso, ni con las partes de la relación jurídica procesal, ni con la naturaleza y gravedad de las ofensas al honor del demandante. Con ello no hacen más que evidenciar su propia conciencia de la completa ausencia de verdaderos argumentos jurídicos que respalden su pretensión, viéndose precisados a colmar esa ostensible laguna aportando prueba impertinente a tenor del art. 283.1º LEC
Frente a la Doctrina de nuestro Tribunal Supremo, sólo la fértil imaginación periodística podría concebir una Sentencia absolutoria de la grave vulneración del derecho al honor del señor Mourinho, cometida por un periodista del diario EL PAIS, basada en que el tuitero Chamartin4ever, de profesión abogado, diga, en140 caracteres, que encuentra 'algunos gramos de lucidez' en un escrito de 24 párrafos, publicado en el blog personal de un cierto Jarroson.
Fuente: Primavera Blanca.
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